(252) 565-4661


INFORMACIÓN DE DWI - PRIMER DELITO

Haga el favor de leer y revisar esta información con cuidado.  No dude en ningún momento en ponerse en contacto con mi oficina si tiene cualquier pregunta o preocupación.  Mi número de teléfono es el 252/565-4661, y mi dirección electrónica es keith@williamslawonline.com.  Mi página de Web es williamslawonline.com.

•  Voy a hacer todo lo posible para que lo/a declaren inocente.  Sin embargo, debo aconsejarle, para que quede constancia de ello, sobre el máximo castigo que le pueden imponer si lo/a declaran culpable.

•  Con toda probabilidad, lo/a pondrán en libertad condicional sin supervisión, si lo/a condenan.  Aunque es posible que lo/a sentencien a hasta seis meses de cárcel, incluso por un primer delito por conducir en estado de embriaguez (DWI), los jueces de nuestro condado, normalmente, les imponen libertad condicional a las personas que han cometido un primer delito.  Este período a prueba será de aproximadamente veinticuatro meses.

•  Libertad condicional sin supervisión significa que Ud. estará a prueba pero no tendrá que personarse ante un vigilante de libertad condicional.  Si lo encuentran culpable le daré más detalles en cuanto a la libertad condicional sin supervisión cuando resolvamos su caso en el juzgado. 

•  También deberá pagar costas de tribunal y una multa.  Las litisexpensas (costas) son 110 dólares y la multa puede ser de hasta un máximo de 1.000 dólares.  La multa más común es de 250 dólares.  Ud. deberá poder pagar las costas y la multa el mismo día que terminemos su caso en el tribunal.

•  Además deberá realizar hasta 72 horas de servicio a la comunidad y pagar unos honorarios de 200 dólares de servicio comunitario que también tendrá que llevar consigo al juzgado el día en que terminemos su caso.

•  El juez le podría ordenar que no opere ningún vehículo en un período de hasta noventa días a partir de la fecha de su condena (incluso con privilegio de conducción/manejar limitado).  Sin embargo, normalmente, el juez le dejará elegir si prefiere hacer servicio comunitario o tener un período sin conducir/manejar.  La mayoría de las personas eligen el servicio comunitario.

•  El conducir en estado de embriaguez (DWI) es una ofensa de 2ª clase.  No es un delito grave y no le hace que pierda el derecho a votar o a poseer un arma de fuego.  Pero si lo/a condenan a libertad condicional sin supervisión, una de las condiciones de esta condena es que no posea un arma de fuego ni otra arma peligrosa o mortal durante el período de libertad condicional.  Si practica la caza o posee armas de fuego, haga el favor de comunicármelo para que yo le pueda pedir al juez que elimine esta condición en su caso.

•  No debe hablar con nadie de su caso sino conmigo.  Todo lo que le diga a cualquier otra persona (en particular a un agente de policía) puede usarse en contra suya en el tribunal.

•  Su sentencia se determinará basándose en circunstancias “agravantes” y “atenuantes”.  Una de las circunstancias atenuantes que pueden reducir su castigo es obtener una evaluación de alcoholismo y consumo de drogas.  Para obtener una evaluación, deberá llamar a PORT Counseling en Greenville al 252/752-0483.

•  Allí le harán una cita para que se reúna, confidencialmente, con un consejero en alcoholismo y consumo de drogas que le hará una serie de preguntas sobre su uso de drogas y bebidas alcohólicas.  Al final de la cita, rellenará un formulario titulado “Evaluación de alcoholismo y consumo de drogas” (“Substance Abuse Assessment”).  Si el resultado de la prueba de la alcoholemia en el alcoholímetro (intoxilyzer) era de .14 o menos, la evaluación le recomendará probablemente que vaya a una clase rutinaria de drogas y bebidas alcohólicas que se llama ADETS.  ADETS cuesta 50 dólares y consiste en cuatro clases que se ofrecen los martes por la tarde de 6:00 p.m. a 8:30 p.m. en el Pitt County Mental Health Center.  Si su prueba de la alcoholemia fue de .15 o más alta, o si los resultados de la evaluación indican que tiene Ud. dependencia de las drogas o del alcohol, la evaluación le recomendará, posiblemente, que Ud. complete 20 horas de asesoramiento más especializado de drogas y alcohol.

•  Ud. deberá llevar una copia de su multa, los resultados de su prueba de la alcoholemia en el alcoholímetro (intoxilyzer), y su expediente de manejar/conducir.  Si tiene una licencia de manejar/carnet de conducir de Carolina del Norte, yo obtendré una copia de su expediente de manejar/conducir del departamento del Sheriff.  Si tiene una licencia/carnet de otro estado, le conseguiré una copia de su historial de la agencia de vehículos motorizados (DMV) de su estado original.  Normalmente los papeles de Carolina del Norte los recibo en unos siete días como máximo, y los de otros estados, por lo común, me llegan en dos o tres semanas.

•  Debe decirles a PORT counseling que yo lo/a represento y que deben mandarme por fax el formulario de su evaluación a mi oficina al 252/830-5155.

•  Debe inscribirse y terminar cualquier clase o tratamiento que la evaluación le recomiende.  Si acaba las clases o el tratamiento antes de que resolvamos su caso en el juzgado, nos servirá de ayuda para reducir más su castigo.  Es especialmente importante que complete el tratamiento antes del juicio si se negó a hacer la prueba de la alcoholemia cuando lo/a arrestaron.

•  Si es estudiante en la Universidad de East Carolina, debe consultar con el departamento de vida estudiantil para averiguar si podría obtener una evaluación gratis o más barata, en vez de contactar con PORT Counseling.  Tenga en cuenta, sin embargo, que el recibir la evaluación de ECU puede provocar algún tipo de acción disciplinaria interna por parte de la Universidad.

•  Si no es de Carolina del Norte, debe aún así obtener la evaluación y cualquier tratamiento hecho en Carolina del Norte, a menos que hable conmigo primero de otros planes que tenga de evaluación y tratamiento en otro estado.  Es más difícil satisfacer los requisitos de la ley en Carolina del Norte con las evaluaciones de otros estados.

•  Además de cualquier castigo que se le imponga en el juicio, el departamento de vehículos motorizados (DMV) de Carolina del Norte también le retirará por doce meses su licencia/carnet al condenarlo.  Esta privación de su  licencia de doce meses comenzará el día de su condena.  Si tiene un carnet de otro estado, su privilegio de manejar/conducir en este estado se le retirará durante doce meses y el DMV informará a su estado original de su condena.  Su estado original, probablemente, también le retirará su licencia.

•  Si tenía 21 años o más el día en el que recibió su multa por su infracción de DWI, podrá tener un privilegio limitado de manejar/conducir.  Un privilegio limitado le permite manejar por su trabajo, clases y mantenimiento de su hogar durante la privación de doce meses.  Si la tasa de la prueba de la alcoholemia fue de .16 o más en el alcoholímetro (intoxilyzer), es muy posible entonces que se le obligue a que le instalen en su auto un dispositivo de engranaje del encendido de su automóvil como condición de que le concedan el privilegio limitado.  Le daré más información sobre este dispositivo de engranaje a medida que proceda su caso.

•  Si tenía menos de 21 años el día que recibió su multa por su infracción de DWI, el DMV afirmará que Ud. no tiene derecho al privilegio de manejar limitado.  Yo, junto con otro abogado, tengo en la actualidad una demanda contra el DMV en relación a este asunto y tenemos un caso pendiente en el Tribunal Superior de Carolina del Norte.  Lo/a mantendré informado si la ley cambia.  Entretanto, a pesar de eso, le conseguiré un privilegio de manejar limitado del tribunal, aunque el DMV no lo reconocerá como válido.  Más  adelante hablaremos del privilegio cuando se le facilite.  Por favor, observe también que si tiene menos de 21 años, sería conveniente que uno o los dos de sus padres estén en el juicio el día en que presentemos su caso en el tribunal.  A los jueces en nuestro condado les gusta ver que Ud. tiene el apoyo de su familia.

•  Antes de obtener el privilegio de manejar limitado, se le exigirá que complete su evaluación de alcoholismo y consumo de drogas.  También deberá mostrar prueba de que tiene seguro automovilístico.  Esto se hace con un formulario DL-123 que se puede conseguir de su agente de seguros.  Advierta que esta hoja sólo es válida durante treinta días, lo cual quiere decir que deberá solicitarle el formulario a su agente unos treinta días antes de que presentemos su caso en el tribunal.  Pídale a su agente que mande esta hoja por fax a mi oficina al 252/830-5155.

•  El privilegio limitado de conducir/manejar tendrá ciertas restricciones tales como manejar por su trabajo y manejar sólo a ciertas horas.  Si cambia de empleo o se muda, o si necesita manejar más horas, deberá llamarme para que el tribunal enmiende el privilegio.  El no hacer eso lo/a expondría a que lo/a acusaran de manejar con una licencia revocada y a que perdiera el privilegio.

•  Si recibió su multa por manejar embriagado/a (DWI) en los últimos treinta días, y si su prueba de la alcoholemia dio una tasa de un .08 o más en el alcoholímetro, o si se negó a soplar en este aparato, su licencia está actualmente suspendida durante treinta días.  UD. no puede conducir durante los primeros diez días de la privación de la licencia de manejar.  A partir de entonces puede manejar con un privilegio limitado de manejar de veinte días, por los veinte días restantes de la privación de su licencia.

•  Sin embargo, antes de conseguir el privilegio de veinte días debe obtener una evaluación de alcoholismo y consumo de drogas como se describe anteriormente e inscribirse en cualquier tratamiento que se le haya recomendado.

•  Al final de la suspensión de treinta días le devolverán su licencia tras pagar 50 dólares al escribano (secretario) del juzgado, situado en el cuarto piso del tribunal de Pitt County.  Si me trae los 50 dólares a mi oficina, nosotros  pagaremos el honorario por usted y le obtendremos de Nuevo su licencia.  Es importante que pague los 50 dólares tan pronto como acabe la suspensión de treinta días porque el dejar de pagarlo haría que le aumentaran el castigo si lo/a acusan de manejar embriagado/a en el futuro.

•  Debe advertir también que la privación de su licencia de treinta días es totalmente aparte de la suspensión de su licencia de doce meses descrita con anterioridad.  La suspensión de treinta días comienza el mismo día que le ponen la multa de DWI.  Ésta termina treinta días después cuando le paga los 50 dólares al secretario.  Si espera más de treinta días para pagarle ese honorario de 50 dólares al escribano, la suspensión acaba cuando quiera que pague los 50 dólares.  Después de pagarle ese honorario al escribano, le devuelven su licencia, y puede manejar sin restricciones hasta que resolvamos su caso en el juzgado.  Si se le declara inocente, continuará manejando sin restricciones.  Si se le declara culpable, entregará su licencia el día de su cita en el juzgado y comenzará la suspensión de doce meses descrita más arriba.

•  Si necesita una forma de identificación del DMV durante la suspensión de treinta días, puede obtener un carnet de identidad en su oficina local del DMV.  Pero si lo hace así, deberá regresar al DMV después de que acabe la suspensión de treinta días y obtener un duplicado de su licencia.  El no obtener un duplicado de su licencia supondrá que el DMV no lo tendrá registrado como conductor/a autorizado/a (con licencia), lo cual podría motivar que lo/a acusaran de manejar con una licencia revocada.  No obstante,si no obtiene un carnet de identidad del DMV durante la suspensión de treinta días, no tendrá que obtener un duplicado de su licencia en el DMV al final de la suspensión  treinta días.  Podrá manejar simplemente con su licencia original. 

•  Si tenía menos de 21 años el día que le pusieron la multa de DWI, entonces se le puede haber acusado además de otro delito distinto de beber alcohol como menor de edad y conducir embriagado/a.  La acusación de DWI se aplica cuando la tasa de la prueba de la alcoholemia es de .08 o más.  El delito de conducir embriagado de un menor de edad se aplica cuando la tasa del alcoholímetro (intoxilyzer) es de .01 o más, porque la ley estipula que usted no debe tener ningún alcohol en su cuerpo si tiene menos de 21 años.  Si sólo se le condena por estar embriagado/a y conducir siendo menor de edad, recibirá una revocación de su licencia de doce meses, pero podrá obtener un privilegio de manejar limitado que le permita conducir durante el período de revocación.  Pero si se le condena por ambos, DWI y por conducir embriagado/a siendo un menor de edad, no podrá obtener un privilegio de manejar limitado.

•   Su caso está actualmente en el tribunal del distrito, donde se encargan de los casos de tráfico y delitos menores.  Será resuelto por un juez, no un jurado.  Si se le declara culpable, tendrá derecho a apelar de la sentencia dentro de los diez días de la fecha de su condena.  La apelación se hará al tribunal superior, donde le darán un juicio por jurado.  Si quiere apelar, deberá decírmelo en el momento de su condena.

•  En algún momento antes de que se resuelva su caso en el tribunal, yo hablaré con el agente de policía que le puso la multa de DWI.  Le preguntaré por los hechos del caso.  Asimismo le preguntaré si sacó algún video en su caso.  Si lo hizo, intentaré ver la grabación antes del juicio.  También trataré de revisar sus apuntes y documentos del día en que lo/a arrestó a usted.

•  Haga el favor de vestirse de forma apropiada para su comparecencia en el tribunal.  Para los hombres esto significa llevar chaqueta y corbata e ir bien afeitado.  Para las mujeres implica llevar un vestido holgado (no muy ceñido) y profesional.  Debe ser prudente y respetuoso/a en su forma de vestir y en su actitud cuando esté en el juzgado.

•  Es importante que usted comprenda su caso y que yo responda a cualquier pregunta que usted tenga.  No dude en ponerse en contacto con mi oficina si necesita más información.  Si no estoy disponible y me deja un mensaje, haré todo lo posible por devolverle la llamada en menos de  24 horas.


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